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En México: SCJN Declara Inconstitucional La Defensa A La Vida Desde la Concepción

STAFF/@michangoonga

De forma unánime, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró que es inconstitucional el denominado “derecho a la vida” que se había agregado a la constitución estatal de Sinaloa, lo que otorgaba protección jurídica a las personas no nacidas desde la concepción.

Esta sentencia no solo dará invalidez a esto en Sinaloa, sino a otras leyes similares que existen en otros 16 estados de México.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación argumentó que los congresos locales no tienen la facultad para limitar los derechos humanos, como son la libertad reproductiva y el derecho a decidir de las mujeres.

“Esta disposición altera el significado de derechos y contribuye a construir un imaginario social adverso para el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres y personas gestantes, pues fomenta la creencia sobre la incorrección de ciertas opciones reproductivas, lo que significa la cancelación de la autonomía personal que caracteriza a las sociedades democráticas y aumenta el estigma para quienes acuden a estos servicios de atención médica”, declaró el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.

Asimismo, la ministra Norma Lucía Piña señaló que el producto de la gestación también tiene protección constitucional, pero es diferente al de las personas ya nacidas.

“El precedente de la Constitución es consistente al referirse a personas como los individuos a partir de su nacimiento, es decir a partir de que adquieren las capacidades para ejercer los derechos, pues cuando nuestra Constitución se refiere a los no nacidos usa un concepto distinto, que es el de producto de la concepción, como se advierte del artículo 123”.

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