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Ríos Piter Podrá Hacer Consumo Recreativo Y Cultivo De La Mariguana

STAFF/@michangoonga

 

La sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió a Armando Ríos Piter el amparo con el que podrá ejercer el consumo recreativo de la mariguana, así como su cultivo.

Cabe mencionar que es el tercer amparo que la SCJN otorga para el uso recreativo y su cultivo de la mariguana.

La decisión fue con cuatro votos a favor y uno en contra, la SCJN aprobó que el senador de José Antonio Meade adquiera la semilla para su cultivo sin fines de lucro como la comercialización y por supuesto la distribución.

Es necesario recordar que en el año de 2015 la SCJN aprobó el uso lúdico de la mariguana además de su siembra y consumo para consumo personal, sin incluir su comercio, suministro y distribución.

La primera sala de la SCJN tras una intensa discusión avalo en sesión pública el amparo propuesto por el colectivo Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante (SMART) sobre el uso de la marihuana.

Después de una intensa discusión la Primera Sala de la SCJN avaló en sesión pública con tres votos a favor y uno en contra el amparo propuesto por el colectivo Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante (SMART) sobre el uso recreativo de la mariguana.

Es importante poner atención en los siguientes puntos emitidos por la Coprefis que a través de la Ley General de la Salud dice que permite la siembra, cosecha y cultivo de la mariguana en casos como:

  • Elaboración de medicamentos.
  • Investigación científica.
  • Se elimino la prohibición absoluta prevista por el articulo 237 hacia la canivis sativa, indica o mariguana.
  • El THC dejo de ser el único cannabidol por ley.
  • Se determina el uso de menos 1% del cannabis y sus derivados para el sector industrial.
  • Puede haber publicidad de los productos que ya existen en el país.

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