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Procede Reforma Constitucional En Materia Presupuestaria De La UMSNH

STAFF/@michangoonga

 

El Congreso del Estado dio lectura a la declaratoria correspondiente al Decreto 484, aprobado por la LXIII Legislatura, mediante el cual se derogan y reforman diversas disposiciones de la Constitución Política local, en materia presupuestaria de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH).

Lo anterior a fin de que la Máxima Casa de Estudios cuente con un presupuesto para el desarrollo de sus funciones, el cual no podrá ser inferior al otorgado en el ejercicio inmediato anterior.

Asimismo, reconoce constitucionalmente a la Benemérita y Centenaria Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, como una institución de servicio, con personalidad jurídica y patrimonio propio; dedicada a la educación media-superior y superior, en sus diversos niveles y modalidades, la investigación científica, la difusión de la cultura y la extensión universitaria.

De igual forma, determina en sus artículos transitorios, que la reducción en la matrícula de alumnos será una variable para realizar un ajuste presupuestal; añadiendo que en caso de que el Presupuesto de Egresos del Estado se vea disminuido, ya sea en las participaciones federales o en algún otro concepto, que haga necesaria la atención prioritaria de esta soberanía para atender necesidades específicas, se hará un ejercicio ponderativo del monto equivalente proporcional al asignado al año inmediato anterior.

Cabe señalar que en cumplimiento del Artículo 164 de la Constitución Política del Estado, la Mesa Directiva del Congreso local, remitió a los 112 ayuntamientos y al Concejo Mayor Ciudadano de Cherán, la Minuta Número 584, aprobada en sesión de Pleno celebrada el día 9 nueve de mayo de 2018; a efecto de que, en el término de un mes después de recibida la Minuta de mérito, enviaran el resultado de la votación correspondiente.

Vencido el término establecido, toda vez que dio inicio el día 26 de mayo de la presente anualidad, a la fecha los únicos ayuntamientos que remitieron el resultado de su votación fueron: Ario, La Piedad y Nuevo Parangaricutiro a favor de la Minuta; así como Tzintzuntzan, Jacona, Queréndaro, Tangamandapio, Morelia y el Concejo Mayor Ciudadano de Cherán, cuya votación fue en sentido negativo.

En relación al resto de los ayuntamientos, una vez transcurrido el término de un mes después de que fue recibida la Minuta de mérito, sin que hayan remitido a este H. Congreso, el resultado de su votación, entendiéndose que aceptan la reforma constitucional, al haber operado la afirmativa ficta, en los términos de lo establecido por la fracción IV del Artículo 164 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo.

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