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Corrupción Afecta El Crecimiento Social: Mario Armando Mendoza

STAFF/@michangoonga

congreso del estadoIniciativa con proyecto de decreto por el que expide la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción para el Estado de Michoacán

Los diputados del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Mario Armando Mendoza Guzmán, Yarabí Ávila González y Xóchitl Gabriela Ruiz González, coincidieron en que la corrupción representa un factor que incide de manera negativa en el crecimiento social, de ahí la necesidad de la creación de los mecanismos necesarios que permitan a la sociedad el ejercer su derecho a exigir y solicitar a los servidores públicos transparencia y rendición de cuentas, así como un actuar apegado a los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, además del respeto a los derechos humanos y la no discriminación.

Lo anterior al presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que expide la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción para el Estado de Michoacán de Ocampo y que para su completo funcionamiento se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado; así como de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado; se expide la Ley de Responsabilidades Administrativas; y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado; de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado; así como del Código de Justicia Administrativa del Estado y del Código Penal del Estado.

A nombre de sus compañeros, Mario Armando Mendoza Guzmán expuso que la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) señala, que la corrupción en el sector público amenaza al buen gobierno, el desarrollo económico sostenible, a los procesos democráticos y las prácticas comerciales justas y, como consecuencia, aumenta el costo de las transacciones públicas y disminuye la confianza de los ciudadanos en las instituciones públicas.

Además dijo que Transparencia Internacional en su Índice de Percepción de la Corrupción (IPC) que realiza anualmente da a conocer que de los 168 países enlistados en 2015, México se posicionó en el lugar 95 con 35 puntos, donde 0 representa un alto nivel de corrupción, mientras que los países con calificaciones cercanas al 100 representan los lugares con menor corrupción en el mundo.

En ese sentido, la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción será un eje central y pilar en las acciones que emprenda el Estado para prevenir, detectar y sancionar actos de corrupción. Tales acciones se harán bajo un sistema integral y articulado con las diversas instituciones que lo componen entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes para prevenir, detener y sancionar las faltas administrativas y hechos de corrupción, así como optimizar la fiscalización y control de los recursos públicos.

La Ley propone la conformación de un Comité Coordinadora del Sistema que establecerá políticas públicas que serán implementadas por todos los entes públicos. El sistema además estará conformado por un Comité de Participación Ciudadana.

En mayo de 2015 se publicó la Reforma Constitucional que crea el Sistema Nacional Anticorrupción; en Michoacán el 13 de noviembre de 2015 se adicionó en la Constitución Política del Estado el artículo 97 ter, que establece el Sistema Estatal Anticorrupción como una instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos; lo que significa un avance de relevancia histórica para nuestro país en la lucha contra la corrupción.

Con esto, la iniciativa da cumplimiento al mandato constitucional previsto en el artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se Reforman, Adicionan y Derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Segundo Transitorio de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, en materia de combate a la corrupción, fortaleciendo la transparencia y la rendición de cuentas, la participación ciudadana y su injerencia efectiva en la vigilancia de las funciones públicas; así como los mecanismos contundentes para la prevención, control e imposición de sanciones a quienes violenten los principios que rigen el ejercicio de la función pública.

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