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Listas Plurinominales No Tienen Que Ser Encabezadas Por Una Mujer: TEEM

STAFF/Alejandro Amado/@michangoonga

Este día el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) desechó el recurso de apelación interpuesto por la representante suplente del Partido del Trabajo (PT) ante el Intituto Electoral de Michoacán (IEM), Marcela Casillas, quien presentó su inconformidad ante el acuerdo del órgano electoral local en el que autorizaba listas plurinominales a diputaciones locales encabezadas por hombres.
La inconformidad de la representante del PT ante el IEM consistía en que, salvo la lista presentada por la coalición de la que forma parte (Morena-PT) y la de Nueva Alianza (Panal), el resto de las listas estaban encabezadas por hombres y no por mujeres, lo que en su apreciación resultaba violatorio de la paridad de género.
Y es que de acuerdo a los integrantes del TEEM, que votaron a favor del proyecto del magistrado Omero Valdovinos, la determinación del IEM cumplió con los requisitos de elegibilidad establecidos en las distintas normativas electorales en el caos del registro de candidatos por parte de partidos políticos y no se establece en ninguna que las listas ni las fórmulas vayan encabezadas por mujeres sino únicamente se pide cumplir el requisito del 50/50.
Así lo razonó la magistrada Yolanda Camacho quien puntualizó que la paridad de género se cumple con la inclusión de candidatos hombres y mujeres a partes iguales pues legalmente no se establece que las listas deban ser encabezadas por mujeres. En ese mismo sentido razonaron su voto el resto de magistrados, con lo que el TEEM le da la razón al IEM en la aprobación de las listas plurinominales a nivel local.

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