COLUMNEROS

Hablemos de … “Alfonso Martínez Y Miguel Ángel Villegas

Deben Ser Investigados Y En Su Caso Sancionados

By: Saúl Mora

“Servirse de un cargo público para enriquecimiento personal resulta no ya inmoral, sino criminal y abominable.”

Cicerón

            En la columna “Bajo la lupa” del Licenciado Armando Saavedra, correspondiente al 13 de enero de 2021, visible en el siguiente vinculo: https://www.facebook.com/armando.saavedra.14 en el apartado intitulado “PONCHO ME OFRECIÓ DINERO PARA APROBAR CORRUPTELAS”, se da cuenta de las declaraciones dadas por Miguel Ángel Villegas Soto, al ser entrevistado por el periodista referido; en las cuales, acusa a Alfonso Martínez Alcázar de intentar sobornarlo a cambio de obtener su voto para la aprobación de diversas obras públicas fraudulentas, durante la gestión del primero como Diputado local por el PAN y el segundo como Presidente Municipal independiente de extracción Panista, por Morelia; en el trienio 2015-2018. Hechos que son de dominio público.

Si lo anterior es cierto, atendiendo al hecho de que se trata de infracciones denominadas graves por la ley de la materia, mismas que tienen una prescripción de 5 años y que además son motivo de inhabilitación para ejercer cualquier cargo público; bajo la figura de la acción pública, todavía a esta fecha, cualquier ciudadano interesado en la aplicación de las leyes sancionatorias de esos hechos podría presentar la denuncia respectiva, acompañada de los elementos probatorios a su alcance, ante las instancias administrativas competentes, las que son: La Contraloría Municipal de Morelia, la Contraloría interna del Poder Legislativo, la Auditoría Superior de Michoacán y/o el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo; ello acorde a lo dispuesto por la Ley de Responsabilidades Administrativas y Registro Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de Michoacán y sus Municipios, y en su caso, la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Michoacán de Ocampo, así como también, el Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo y demás relativas aplicables; según corresponda.

Esto en cuanto a las responsabilidades administrativas, sin soslayar que también podrían existir responsabilidades resarcitorias, mismas que también prescriben a los 5 años de ocurridos los hechos, debiendo recordar que estos, datan de del año 2017 en adelante.

No obstante, si no hubiese denunciante en la vía administrativa, o aun habiéndolo, también la Fiscalía Especializada en el combate a la corrupción, de la Fiscalía General del Estado, si extralegalmente fuera enterada de esos hechos anteriormente narrados, de oficio estaría obligada por lo menos a abrir una carpeta de investigación sustentada en esas declaraciones de mérito y en su caso, derivado de las investigaciones realizadas, aplicar las sanciones que correspondan, esto en materia penal, conforme a lo dispuesto por el Código Penal para el Estado de Michoacán y la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Michoacán de Ocampo, lo anterior con mayor razón ante una eventual denuncia que se le presente, sin omitir resaltar que legalmente pueden correr las denuncias en ambas materias de forma simultánea.

Ahora bien, con base en experiencias vividas en carne propia como denunciante de decenas de servidores públicos michoacanos, ante diversas instancias, en fechas pasadas y recientes, el que esto escribe podría asegurar y casi jurar, que aun con la promoción de las respectivas denuncias, por cualquiera de las vías, en todas las materias y ante cualquier autoridad de las competentes aquí señaladas, no pasaría absolutamente nada, toda vez que de acuerdo a esas experiencias referidas, es evidente que en todos los casos y en todos los tiempos, la mayoría de los servidores públicos se cuidan la espalda entre sí, en el mejor de los casos, se actúa sólo cuando conviene a sus intereses, o estos mismos, se ven afectados por hechos y/o acciones de sus adversarios políticos, en ningún otro caso.

Sin embargo, a los ciudadanos bien nacidos, con memoria y sobretodo, deseos de acabar con las prácticas y rechazar a los mismos políticos corruptos de siempre, si no se investigan y mucho menos reciben la sanción que merecen; eso no nos debe importar ni desmotivar, al contrario, nos debe impulsar a seguir atentos y vigilantes de esas prácticas para alertar a los demás ciudadanos, informarles a todos sobre la realidad de los contendientes en el próximo proceso electoral y evitar así, que accedan a un nuevo cargo público en perjuicio de todos nosotros y el futuro de nuestra ciudad, estado y país. Esa es mi intención y mi misión al escribir estas líneas; porque como dijo Javier Diez Canseco, “Necesitamos una nación donde la corrupción no sea una forma consentida de gobernar”.

Es cuánto.

M.A. SAÚL MORA PADILLA

TITULAR DEL DESPACHO JURÍDICO CONTABLE

SMP Y ASOCIADOS CONSULTORES S.C.

Contadores Públicos y Abogados

Facebook: Saúl Mora https://www.facebook.com/SaulMora21

Facebook: Saúl Mora P. https://www.facebook.com/saulmorap/

YouTube: Saúl Mora

https://www.youtube.com/channel/UCvxcH34-94BICut2k0-xcfw/

Twitter: SAUL_MORA https://twitter.com/SAUL_MORA

Linkedin: M.A. Saúl Mora Padilla https://www.linkedin.com/in/saulmora1/

Facebook: SMP y Asociados Consultores S.C. https://www.facebook.com/smpyasociadosconsultores/

Linkedin: SMP y Asociados Consultores S.C.

https://www.linkedin.com/in/smpyasociadosconsultores/

Mira también
Cerrar
Botón volver arriba