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Dictamina Suprema Corte Que Escuelas Privadas No Pueden Retener Documentos De Alumnos

El no pagar la colegiatura no es razón para que retengan documentos ha determinado la SCJN

STAFF/@michangoonga

Las escuelas que retengan los documentos de los alumnos obstaculizan el acceso a la educación, ello lo ha determinado la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al resolver que los colegios y las instituciones educativas de corte privado no pueden retener documentos de sus alumnos por falta de pago de colegiaturas.

Así lo dictó la Primera Sala de la Corte  la cual avaló por unanimidad la propuesta del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena para conceder el amparo a una madre de familia de un menor de edad cuyos papeles fueron retenidos por el Colegio Ateneo Victoria en Veracruz, por falta de pago. 

Y es que el recurso legal se interpuso luego de que el menor de edad fue dado de baja por la institución, además que negaron entregar sus calificaciones y papeles. 

Ante la queja interpuesta la Corte consideró que dichos actos obstaculizan el derecho de acceso a la educación.

La resolución en cuestión dicta que  “la expulsión y baja del menor quejoso es un acto cuya generación deriva de una fuente contractual y, por tanto, se controla mediante un contenido convencional específico. Por tanto, este acto no supera el primer paso del test, ya que no se acredita el nexo entre el acto del particular y una potestad normativa atribuida al Estado”.

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