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#DeShock Pasa En Michoacán: Taxista Le Pasa Encima A Perrito Destripandolo

En Michoacán el maltrato animal ya está penado según lo establecen los artículos 309, 310 y 311 del Código Penal del Estado en los cuales se establecen los castigos y penalidades aplicables en la entidad en delitos de violencia contra los animales

STAFF@michangoonga

Perdiendo fe en la humanidad: Un terrible acto de crueldad humana ha generado condenas y lamentos de acitivistas, animalistas y usuarios michoacamnos de redes sociales luego de que cámaras de seguridad captaron el momento en que un taxista le pasa encíma a un perrito criollo el cual acaba destripado al ser repasado por los neumáticos del vehículo.

El incidente se registró en la ciudad de Uruapan, hace 4 días, el pasado domingo 01 de diciembre a las 08:28 am. cuando el taxista de la línea Luis Quintero circulaba sobre la calle Mariano Matamoros del barrio Inguambal, en la colonia 28 de octubre.

La unidad en cuestión circula a velocidad moderada y al pasar por un tope se va acercando a un peero que se encuentra ahí parado moviéndose lentamente, cuando el taxista sin más le pasa por encima dos veces.

“Por si alguien reconoce a este, manejado por un inconsciente salvaje asesino, háganle saber la clase de basura que es y que su acto tan cruel quedó grabado, desafortunadamente no alcanzamos a ver en el vídeo el número ni placas de la unidad, pero estamos trabajando en eso para obtener el dato exacto. NO debemos permitir éste tipo de crueldades, ningún tipo de maltrato hacia los animales, porque está comprobado que quien no tiene consideración con los animales tampoco la tendrá con las personas”, es el mensaje con el que se ha difundido el video.

Cabe señalar que en Michoacán el maltrato animal ya está penado según lo establecen los artículos 309, 310 y 311 del Código Penal del Estado en los cuales se establecen los castigos y penalidades aplicables en la entidad en delitos de violencia contra los animales.

De tal manera que el Código refiere que comete Crueldad contra los animales “quien inflige daño físico a un animal, que no constituya plaga ni peligro para la salud o vida humana, con el único fin de lastimarlo o privarlo de la vida, y se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y multa de cincuenta a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”.

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