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Propone diputado Molina autonomía a la Auditoría Superior y al Tribunal de Fiscalización

STAFF / @michangoonga

Congreso del Estado completoEn sesión ordinaria, se dio lectura a la Iniciativa de Decreto mediante el cual se reforman, adicionan y derogan diversos artículos de la Constitución Política de Michoacán, presentada por el diputado Sarbelio Molina Vélez.

En este sentido, el parlamentario refirió en la exposición de motivos que esta Iniciativa propone otorgar autonomía constitucional a la Auditoría Superior de Michoacán, a diferencia de  la propuesta que plantea la Iniciativa del Ejecutivo Estatal que sólo habla de autonomía presupuestal, toda vez que ello no constituye un fortalecimiento integral de las actividades de fiscalización superior.

Asimismo, sugiere “sacar de la órbita legislativa la resolución definitiva de las cuentas públicas, trasladando esta potestad al nuevo Tribunal de Fiscalización Superior del Estado de Michoacán, con naturaleza jurídica de órgano constitucional autónomo y dotado de facultades jurisdiccionales”.

Con la creación del Tribunal de Fiscalización Superior del Estado de Michoacán como un  órgano constitucional autónomo, se garantizaría verdaderamente la independencia respecto de los tres poderes públicos, pues la propuesta del Ejecutivo lo confina a ser parte del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, indica la propuesta del parlamentario.

Por ello, las modificaciones de esta iniciativa, plantean la Autonomía Técnica, Autonomía de Gestión, Autonomía Presupuestal, Autonomía Funcional y Autonomía de Resolución de la Auditoría Superior de Michoacán, todas estas con la finalidad de que tenga las facultades para crear y desarrollar sus procesos, metodologías y procedimientos para cumplir sus atribuciones sin injerencia de otro poder o autoridad, así como para resolver los asuntos de su competencia de forma independiente, objetiva e imparcial.

Asimismo, refiere que la actuación de sus integrantes no puede ser sometida a presiones  e intereses políticos de otro tipo, sino que por el contrario, deberán actuar de forma libre, teniendo como único límite a la Constitución y a las leyes afines a ésta.

Así, la calificación de las cuentas públicas, dejaría de ser un evento político para convertirse en un acto de plenos efectos jurídicos, administrativos y resarcitorios; reconociendo que de ser aprobadas dichas modificaciones constitucionales, las actividades de fiscalización, el examen y calificación de las cuentas públicas de los entes fiscalizables, serán competencia exclusiva de la Auditoría Superior de Michoacán y la resolución de las controversias que se deriven, serán responsabilidad del Tribunal de Fiscalización Superior.

Para su estudio y análisis, fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales para determinar si ha lugar a admitir la discusión.

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