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SCJN Dictamina: NO Se Puede Limitar Al Aborto Por Violación

Una negativa para un aborto de un hospital en Chiapas llegó a la SCJN y marcó precedente.

STFF/ Eliza Flores @eliz_ffp

Una joven de Chiapas resultó embarazada producto de una violación, el Director del Hospital General de Tapachula le negó la posibilidad de abortar, esto porque, su solicitud la hizo después del tiempo que el Código Penal otorga para poder acceder a una interrupción legal del embarazo en ese estado.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) hoy resolvió que el hecho de poner límites temporales para poder acceder a un aborto por violación, es un acto de violencia contra la mujer, además de que atenta contra sus derechos al libre desarrollo de la personalidad y a su salud mental. Por lo que emitió un comunicado de prensa y así difundir una sentencia que marca un precedente.

Obligar a una mujer violada a continuar con su gestación fue traducido por la SCJN como una serie de violaciones graves a los derechos humanos de la víctima.

Como consecuencia de la negativa del hospital a practicar un aborto a la joven, la corte ordenó que se repare el daño ocasionado a la mujer, haciendo una evaluación de su salud, así como a prever el tratamiento oportuno que necesite en este momento.

Otro de los puntos relevantes de la resolución de la SCJN es que, ordenó a las autoridades sanitarias del estado de Chiapas a no repetir este tipo de actos, por lo que se marca un precedente para que las mujeres puedan acceder a un aborto después de lo marcado en los códigos penales de cada estado en los casos de embarazo por violación.

En Michoacán el Código Penal permite acceder a un aborto por violación antes de las doce semanas, esto significa que lo tendrá que solicitar antes de los 84 días. Esto según dicho por la corte es violatorio de los derechos de las mujeres, ya que debería de poder solicitar una interrupción legal del embarazo sin verse limitadas por este tiempo.

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