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Multas De Hasta 434 Mil Pesos A Huertas Que Tengan Cañones Antigranizo Sin Permiso: PROAM

De los 60 cañones que se estiman hay en la entidad solo 15 tienen permiso funcionamiento de la Semaccdet

STAFF/ Margarita Arreola @arreolamargui

La tecnología de cañones antigranizo que tienen como objetivo romper el granizo y convertirlo en lluvia que son utilizados por los productores agrícolas, sobre todo de aguacate en Michoacán, deben contar con el veredicto de impacto ambiental de la Secretaría del Medio Ambiente Cambio Climático y Desarrollo Territorial (Semaccdet), de lo contrario pueden ser acreedores a una multa y clausura del artefacto.

«Las multas por no tener autorización de Semaccdet pueden ir de 2 a 5 mil Unidad de Medida y Actualización (UMAS) que equivalen a 434 mil pesos por no tener resolutivo de riesgo ambiental para utilizar acetileno en más de 500 kilos para accionar las ondas sonoras del cañón para disolver el granizo», precisó Juan Carlos Vega Solórzano, titular de la Procuraduría del Medio Ambiente (PROAM).

El uso de la tecnología antigranizo es un tema polémico porque ha sido acusado de ser el responsable de alterar el ciclo de la lluvia en los campos michoacanos sobre todo por comunidades que siguen usando el método tradicional de temporal para la producción de granos en sus parcelas y quienes han denunciado ante la PROAM el funcionamiento indiscriminado del artefacto.

A pesar de que no se tienen estudios científicos de que los cañones causen un efecto dañino al ambiente, para poder hacer uso de la tecnología si se debe contar con un permiso de las autoridades ambientales que determinen el riesgo de impacto ambiental y ruido, de no ser así se puede multar o clausurar.

«Solo 15 de 60 cañones tiene permiso para funcionamiento, los permisos tienen reglas como tener personal capacitado para accionar el cañón, señalización y disposición de inspección de PROAM», describió Vega Solórzano.

Para poder actuar se hace una visita de inspección cuando ya hubo denuncia ciudadana por pobladores, se pide acceso a la huerta, se solicita el permiso de contar con toda la documentación de lo contrario se procede a la colocación de sellos de clausura.

El procurador señaló que la PROAM solo puede clausurar el desmantelamiento del artefacto corresponde a las autoridades federales pues al estado la ley no le otorga esa facultad.

Por ello mencionó la necesidad de que hay una regulación a través de una ley clara y específica que debe trabajar los diputados ayudados de la parte academia y en diálogo con productores y pobladores para determinar la viabilidad de la prohibición o no de los cañones.

Finalmente, el funcionario describió que el problema del cambio climático en Michoacán es mucho más serio y profundo que el uso de los cañones, pues radica en la deforestación para cambio ilegal de uso de suelo sobre todo el cultivo se aguacate que en los últimos años está acabando con la zona boscosa que puede derivar en una crisis de agua en poco tiempo en la entidad.

 

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