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Bandidos de cuello blanco// By @Ruy_Carreno

Por Ruy Carreño

“Un banquero es un señor que nos presta un paraguas cuando hace sol y nos lo exige cuando empieza a llover” Mark Twain (escritor estadounidense, 1835-1910)

“¡Bienvenido a la línea exclusiva Santander!, si desea conocer nuestro aviso de privacidad marque cero (…), para seguros maque dos, (…) para cancelación marque cinco; si su seguro fue contratado en cajero automático marque uno”; ¿Quién de ustedes no ha padecido este peregrinar para cancelar un seguro?

Después de realizar varias llamadas, de las cuales en tres ocasiones, pude llegar a la opción de cancelación, para que después de escuchar esa “musiquita” aburrida en la bocina del teléfono, me colgaran; no desistí en el intento, hasta que por fin pude escuchar una voz humana, de fingida cortesía, la cual me dejó claro que sólo era un número más en su cartera de clientes; al momento en que me decía: buenos días soy fulana, ¿me puede dar su número de cliente?

Allí tienen que por error (como diría mi abuelo “yo pendejo”), contraté en el cajero del trabajo dos pólizas de seguros de $99.60 y $99.97 pesos, por concepto de seguro de vida y blindaje de cuenta; quizá le haya pasado a alguno de ustedes que como yo, vive de prisa, despistado a veces, o simplemente le dio “CONTINUAR” a un botón de opción engañosa; lo que a mi juicio es un completo abuso por parte del banco; el convenio está viciado de origen, carente de todo apego a la normatividad que lo rige; ya que por regla general todo contrato debe estar libre de vicios del consentimiento, como lo son el ERROR, dolo o mala fe y la violencia.

Navegando en la red, pude encontrar el Código General de Conducta Santander, en el cual Grupo Financiero español, pone de manifiesto su compromiso con los “altos estándares éticos, en dónde se privilegia la integridad y la transparencia en las relaciones con sus empleados, clientes […]” y demás; así mismo, expresa que los sujetos del código, pondrán especial cuidado en ofrecer a los clientes únicamente los productos o servicios que se adecuen a sus características y necesidades, de forma que la contratación de los mismos se haga una vez que el cliente conozca y entienda su contenido, beneficios, riesgos y coste (numerales 1 y 26 del referido código).

Lo cierto, es que los sujetos del código (si es que un cajero automático está dentro del supuesto) violan las reglas que la propia institución se prescribe; así como algunas de las disposiciones de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros; en pocas palabras, es un robo.

La próxima vez que acuda a un cajero automátiico, sea más inteligente y cauteloso que un servidor; antes de picar el botón, tenga la seguridad de que es el correcto y que no está contratando un seguro; ante todo respire y recuerde, que los banqueros son un mal necesario.

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