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Necesaria La “Muerte Civil” Para Servidores Públicos Corruptos: Javi Paredes

El diputado por Movimiento Ciudadano, demandó inhabilitación definitiva para funcionarios corruptos y no sanciones ligeras punitivas que permitan su retorno a la vida pública y la repetición de su actuar

STAFF/@michangoonga

Javier Paredes Andrade, coordinador de la Representación Parlamentaria en la 74 Legislatura, celebró que el Congreso Michoacano haya dado “ha lugar” la discusión para modificar la Constitución local y establecer medidas como la inhabilitación permanente o mejor conocida como “muerte civil” de los servidores públicos que incurran en actos de corrupción.

El diputado único por Movimiento Ciudadano, señaló la necesidad de discutir la iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 108, tercer párrafo; 109, segundo y tercer párrafo de la Constitución Política de Michoacán, entre otros de la Ley de Responsabilidades Administrativas.

Paredes Andrade abundó que la propuesta legislativa es concerniente a establecer la figura de inhabilitación definitiva por actos de corrupción a los funcionarios públicos, para evitar que sean únicamente sacados de la vida pública durante algún tiempo determinado, situación que consideró les da oportunidad de disfrutar lo adquirido ilícitamente para posteriormente regresar al disfrute del poder.

Paredes Andrade dijo que la declaración “ha lugar” para admitir la discusión, permitirá un castigo realmente ejemplar para los servidores públicos y no que en actos de simulación se implementen castigos temporales que terminan convirtiéndose en “premios y vacaciones pagadas con cargo al erario público”.

El también politólogo dijo que la materia en estudio no presenta limitaciones sustantivas para los Congresos Locales, toda vez que en el artículo 124 de la Constitución Federal refiere que: “las facultades que no están expresamente concebidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entiendes reservadas a los Estados y para la Ciudad de México, en los ámbitos de sus respectivas competencias. Por lo que, dentro de este orden de idea, se encuentra la libertad configurativa de las Legislaturas para poder modificar y legislar en dicha materia.

Paredes Andrade subrayó que las faltas administrativas graves de servidores públicos, como cohecho, peculado, desvío de recursos públicos, utilización indebida de información, abuso de funciones, conflicto de interés, contratación indebida, enriquecimiento oculto, tráfico de influencias, encubrimiento, desacato y obstrucción de la justicia, deben ser castigadas con la muerte civil y no con sanciones ligeras punitivas que permitan su retorno a la vida pública y la repetición de su actuar.

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