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Asignación De Plazas Sólo En El Marco De La Ley, Asegura Secretaría De Educación

La venta de plazas es una práctica ilícita que se puede castigar con pena privativa de la libertad, exponen

STAFF/@michangoonga

Ante denuncias recibidas sobre supuesta comercialización de plazas laborales, la Secretaría de Educación en el Estado (SEE), exhortó a la población michoacana a no dejarse engañar por supuestos vendedores de espacios de trabajo para docentes y administrativos, mediante trámites apócrifos.

En este sentido, el encargado del área de Enlace Jurídico de la SEE, Stephen González Martínez, advirtió que «esta práctica ilícita, puede generar responsabilidad penal y dañar la economía de las familias bajo el engaño; las claves presupuestales no son materia de comercio, ni de enajenaciones», enfatizó.

Dejó en claro que «estos recursos corresponden al estado y son asignados bajo los términos y condiciones que las Leyes vigentes señalen en el ejercicio de la política pública educativa».

Asentó que, de acuerdo a las leyes vigentes, se puede castigar con pena privativa de la libertad de tres a ocho años; ello, explicó, ante el reporte recibido por supuesta venta de plazas que resultaron fraudulentas cuando los compradores de dichos recursos no recibieron lo prometido por parte de personas que buscan lucrar con las necesidades de la ciudadanía y de las y los trabajadores de la educación, quienes buscan una estabilidad laboral o un cambio de centro de trabajo.

El funcionario educativo, expuso que estas acciones afectan a la institución y a quienes caen en este tipo de engaños; por lo que conminó a denunciar en las instancias competentes cualquier intento de venta de plazas.

González Martínez recalcó, que en concordancia con la administración estatal, se trabaja en el marco de la legalidad y la transparencia de los recursos; por lo que aseveró que este tipo de acciones nocivas, «no serán admitidas en esta administración, toda vez que las plazas destinadas al sector educativo no están a la venta, ni se asignan a través de oficio, sino por lo estipulado en la Ley General del  Sistema Para la Carrera Magisterial, tratándose de recursos administrativos al margen del Manual de Normas para la Administración de Recursos Humanos en la Secretaría de Educación Pública (SEP).

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