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En Hidalgo Otorgan Amparo Para Que Uber Pueda Circular

Además se ha ordenado a la Secretaria de Movilidad y Transporte explicar la razón por la que según Uber no podía circular

STAFF/@michangoonga

Por medio del Juez Tercero de Distrito de Pachuca el Consejo de la Judicatura Federal ha ordenado que la Secretaria de Movilidad y Transporte (Semot) dé una razón a la empresa transnacional Uber el motivo para no permitirle que opere en Hidalgo, ya que no existe ninguna ley que prohíba su circulación.

Apenas el pasado 19 de noviembre el Poder Judicial de la Federación (PJF) concedió el amparo a Uber, el cual se había interpuesto desde agosto, en él se argumentaba que en Hidalgo no había autoridades que regulasen a Uber.

“No existe una legislación local que regule como corresponde, a las actividades de las empresas que organizan redes de transporte, de manera que lo que no se encuentra prohibido mediante actos legislativos aplicables, debe presumirse jurídica y legalmente permitido en términos constitucionales”.

El juez aseveró que la Ley de Movilidad y Transporte para el Estado de Hidalgo ni su reglamento, “prevén regulación alguna para esa nueva alternativa de movilidad privada y exclusiva, es obvio que no puede ser categorizada como parte de los servicios públicos ni sobre reguladas sus actividades por las normas legales o administrativas locales por definirse jurídicamente como ajena al servicio público”.

La sentencia apunta una vez que cause ejecutoria y dentro de un plazo máximo de tres días, la Semot, y el titular del Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo (STCH), “quedarán obligadas a demostrar ante la justicia federal haber dictado la respuesta de fondo congruente a la petición de la quejosa, por escrito y haberla notificado en el domicilio al efecto señalado”.

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