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Con Reformas, Congreso Michoacano Garantiza Paridad De Género

El Pleno de la 74 Legislatura, aprobó modificaciones a diversas leyes estatales, a fin de erradicar violencia de género en la entidad

STAFF/@michangoonga

Con el compromiso de impulsar acciones tendientes a erradicar la violencia de género en la entidad, el Pleno de la 74 Legislatura, aprobó diversas reformas y adiciones a la Constitución  Política del Estado, el Código Electoral, la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, Ley Orgánica de la Administración Pública, Ley Orgánica Municipal y la Ley de Justicia en Materia Electoral y de Participación Ciudadana, todas del Estado de Michoacán.

En el dictamen elaborado por las Comisiones de Puntos Constitucionales y de Igualdad Sustantiva y de Género, se tomaron en consideración las iniciativas presentadas por la diputada Miriam Tinoco Soto, Lucila Martínez Manríquez y Araceli Saucedo Reyes, Zenaida Salvador Brígido, Fermín Bernabé Bahena, quienes coincidieron al señalar que estas reformas buscan en todo momento, prevenir y sancionar la violencia política por razones de género en contra de las mujeres.

Con estas reformas, expone el decreto legislativo, se pretende garantizar condiciones de seguridad e igualdad para las mujeres, en el ejercicio pleno de sus derechos político-electorales, evitando la discriminación y la violencia política, además de promover contiendas equitativas, seguras y respetuosas, tanto dentro como fuera de los institutos políticos.

De esta manera, el Pleno de la 74 Legislatura, aprobó reformas que establecen, entre diversas premisas, modificaciones al término de varón por hombre, con la finalidad de dar una identificación de los géneros entre hombre y mujer, los cuales son considerados iguales en la normativa aplicable, reforzando el principio de paridad de género.

Además, se plantea  que las autoridades municipales con población indígena, tengan representantes ante los ayuntamientos con atención al principio de paridad; también reconoce el derecho de los ciudadanos de votar en condiciones de paridad y garantizar dicho principio en los nombramientos de las personas titulares de las secretarías de despacho en el Poder Ejecutivo Estatal, así como de sus equivalentes en las administraciones municipales y en la integración de organismos autónomos.

Se establece también la obligación de los partidos de fomentar el principio de paridad; se utiliza un lenguaje incluyente, haciendo referencia a la distinción de géneros en los diferentes cargos públicos de la administración del Estado, del Poder Legislativo y Judicial, así como de organismos autónomos.

Cabe señalar que estas modificaciones, responden a las reformas aprobadas en mayo de este año por el Senado de la República, en donde con el propósito de garantizar la paridad de género en los tres poderes de la Unión, órganos autónomos y gobiernos estatales y municipales, se instruye a las entidades federativas a realizar reformas en su legislación, con la finalidad de garantizar los procedimientos de elección, designación y nombramiento de sus autoridades, bajo el principio de paridad.

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