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Pasa En México: Chavo De Secu Gana Amparo Para Poder Ir Greñudo A La Escuela

El hecho de que el estudiante de edad tenga el cabello de tal o cual manera, es ajeno a su desarrollo

STAFF/@michangoonga

¿Adiós al casquete corto? Mientras en tus tiempos tenías que andar pelado para poder entrar a la secundaria, un estudiante de una escuela en el municipio de Hidalgo Del Parral, del estado de Chihuahua, logró un amparo inédito por medio del cual podrá ingresar al centro educativo sin tener que cumplir con el reglamento del colegio, mismo que se establece que se debe acudir a clases con el cabello  corto.

El padre del menor de edad fue quien promovió el recurso, y que fue resuelto a su favor por el juez federal Alberto González, luego de acusar que la obligación impuesta por las autoridades escolares de que su hijo acuda con determinado corte de pelo, contravenía tres de sus garantías individuales.

El promovente de la demanda acusó que el hecho de que el estudiante de edad tenga el cabello de tal o cual manera, es ajeno a su desarrollo, se destaca en la resolución de la argumentación, destacando la discriminación por género, restricción a la educación y libre desarrollo de la personalidad,d e dicha prohibición.

Al respecto la resolución señala: “El que un estudiante lleve el cabello de cierta forma, no aporta ni afecta el aprendizaje y convivencia escolar; por el contrario, a su consideración dicha imposición limita el derecho al libre desarrollo de la personalidad de los menores (…) afectando además su derecho de acceso a la educación con motivo de una cuestión estética”.

Además, el dictamen final destaca que al negarle la entrada a la escuela en tres ocasiones al menor, se restringió su derecho a la educación, pues el corte no puede coartar dicha garantía. Asimismo, apuntó que con esa acción, las autoridades del plantel educativo incurrieron en discriminación por razón de género, ya que “a las mujeres no se les exige un corte de cabello determinado”.

En la argumentación también se acusó una afectación del derecho al libre desarrollo de la personalidad, pues la imposición de un corte “viola en perjuicio de su menor hijo el derecho humano al libre desarrollo de la personalidad”.

Por lo anterior, el juez federal otorgó el amparo a su favor:

“La Justicia de la Unión Ampara y protege al menor de iniciales *******, representado por su padre ***** **** ********* **** *********, contra los actos reclamados a la Secretaría de Educación y Deporte y Escuela Secundaria Oficial **** ********* ****** ****** , para los efectos precisados en el considerando sexto de la presente sentencia”.

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