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Aprueban En Michoacán Ley De Administración De Bienes Asegurados Y Decomisados

STAFF / @michangoonga

Congreso del Estado Michoacán 2Con el fin de otorgar certeza y transparencia a los actos de administración, enajenación y disposición de bienes asegurados, el Pleno de la LXXII Legislatura aprobó la Ley de Administración de Bienes Asegurados y Decomisados del Estado de Michoacán.

La norma se inscribe dentro del ámbito del Nuevo Sistema de Justicia Penal en la entidad, y busca otorgar certeza y transparencia, a los actos de administración, enajenación y disposición de los bienes asegurados y decomisados en los procedimientos penales del fuero común, así como de los bienes sujetos a acciones de extinción de dominio, en los términos de ley.

En ese sentido, el decreto, elaborado por las comisiones de Seguridad Pública y Protección Civil, así como de Justicia, refiere que las disposiciones que contiene, se encuentran apegadas a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los Tratados Internacionales Vinculatorios para México, en el Código Nacional de Procedimientos Penales, así como en las disposiciones generales y nacionales expedidas por el Congreso de la Unión.

Atendiendo a las mismas, en la ley se prevén las reglas generales para la administración y disposición de los bienes asegurados, decomisados y abandonados en virtud de un procedimiento penal.

De igual forma, se determina que la autoridad encargada de la administración y disposición de bienes será un órgano desconcentrado de la Secretaría de Administración y Finanzas, así como las obligaciones de los responsables de la disposición de los bienes.

Asimismo, se señalan las medidas que deben observarse para mantener el valor y, en su caso, la productividad de los bienes, y se definen los mecanismos para los casos en que proceda la devolución de los mismos, entre otros aspectos necesarios para la correcta aplicación de la norma.

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