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Privacidad y datos personales// By @virila2

Por Viridiana López

Es periodista y ha trabajado en diversos medios escritos y electrónicos desde 1999.  Es especialista en Derecho de la  Información. Realiza investigación en  temas de Libertad de expresión y otros derechos de la personalidad en el ámbito de las TICs.
Es periodista y ha trabajado en diversos medios escritos y electrónicos desde 1999.
Es especialista en Derecho de la Información. Realiza investigación en temas de Libertad de expresión y otros derechos de la personalidad en el ámbito de las TICs.

Así como las Tecnologías de la Información y Comunicación facilitan la comunicación y el comercio en el mundo, también representan un reto para los usuarios y los Estados.

La preocupación por mantener una lucha contra el terrorismo y el crimen organizado puede traer como consecuencia que los Estados vulneren los derechos de privacidad, protección de datos de las personas y la libertad de expresión. Actualmente, existen acuerdos en materia de seguridad que conllevan a compartir bases de datos, sin que los usuarios tengan conocimiento al respecto, lo que puede vulnerar su privacidad, pues los Estados pueden incurrir en actos de espionaje que incide directamente en la vida de las personas.

Los derechos de la personalidad adquieren con el uso de las TICS una nueva dimensión y el debate está abierto, porque mientras algunos doctrinarios pugnan por un internet abierto otros se pronuncian por la regulación. El camino hacia la regularización de internet está trazado, pero siguen las interrogantes de ¿Cómo garantizar derechos y libertades en internet?, ¿Cómo equilibramos la privacidad y la tecnología?

En la 34 Conferencia Internacional de Protección de Datos y Privacidad, realizada en Uruguay en 2012, se acordaron tres tareas: 1. Intensificar la cooperación transfronteriza en materia de protección de datos y privacidad; 2. Compartir información y experiencia tanto como sea posible para asegurar que las autoridades con pocos recursos, los utilicen al máximo; y 3. Propiciar mayor interoperabilidad entre sistemas jurídicos y regímenes de privacidad.

En el contexto internacional hay una preocupación por perfeccionar marcos jurídicos para la protección de datos personales y la privacidad de las personas, el caso más destacado es el Sistema de Reglas de Privacidad Transfronterizo del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC) y el Acuerdo  de Cooperación Transfronteriza en materia de Privacidad (CPEA), para vigilar el cumplimiento de normas de privacidad y protección de datos de la región Asia Pacífico.

Independientemente de estos acuerdos, EUA ya venía implementando acciones relacionadas a la privacidad y protección de datos, porque su  integración al Sistema data de julio de 2012, la diferencia es que este Sistema obedece a intereses económicos y de comercio electrónico.

Ahora bien, en México particularmente desde el año 2010, se cuenta con una Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, que regula el tratamiento   que se da a las bases de datos que contienen información privada de las personas. Asimismo, la reforma al 6° constitucional, fracción II también  establece que “La información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes”.  Esto le valió para ser aceptado en el CPEA en septiembre de 2012.

Ciertamente esta normatividad, que además contempla la existencia de un órgano garante es un paso importante para la sociedad mexicana, sin embargo, el debate va más allá de estructuras que ofrecen bienes y servicios, porque con la llamada guerra contra el crimen organizado –en el contexto nacional- y la lucha contra el terrorismo –en el contexto internacional- pueden vulnerar libertades y derechos en internet poniéndolos en riesgo.

Entonces volvemos a esta interrogante ¿Cómo equilibramos la privacidad y la tecnología? Si bien en México contamos con un órgano garante de la protección de datos personales, su ámbito de competencia no es flexible porque no se adapta a la innovación y desarrollo tecnológico constante, para hacer frente a injerencias arbitrarias o ilegales que se susciten en el territorio nacional en esta materia.

La seguridad es una medida que los Estados no abandonarán incluso desarrollarán tecnología no invasiva argumentando amenazas del narcotráfico y el terrorismo a la salvaguarda nacional, lo que puede ser una tentación para promover el espionaje y la vigilancia de los ciudadanos, recabando datos de éstos. Además de la falta de transparencia gubernamental sobre la vigilancia electrónica.

El órgano garante, como es el caso del IFAI en México, debe contar con herramientas y facultades para vigilar que los ciudadanos mexicanos en territorio nacional tengan su derecho a la privacidad y protección de datos en medios electrónicos garantizados, para ello se hace necesario que el derecho internacional también sea eficaz en la materia.  En caso de deficiencias, éste y otros Estados deben contar con medidas para hacer frente a los abusos, adoptando marcos normativos precisos, claros, accesibles e integrales, y con recursos efectivos para resarcir violaciones a derechos.

Para tal efecto, las autoridades deben contar con leyes que controlen el tráfico de bases de datos, al tiempo que ofrezcan seguridad y garanticen la reserva de los mismos.  Con un adecuado tratamiento de datos, y conocimiento al respecto por parte de los usuarios, habrá condiciones para el ejercicio de libertades como la de expresión porque existiría protección a derechos personalísimos, lo que contribuye a generar opinión y debate público sobre problemas de seguridad y otros que atañen a la sociedad.

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